La Asesoría Jurídica de la Tesorería presta, de manera fundamental, los servicios propios de los abogados, esto es, la representación y defensa en juicio y el asesoramiento jurídico, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local; en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de disposiciones vigentes en materia de régimen local; en la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón y en el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales. En este sentido, la representación y defensa en juicio de la Tesorería Provincial, comprensiva de las Unidades de Gestión, Tributaria, Recaudación, Inspección de Tributos Locales, Unidad Central de Embargos y Unidades territoriales, es función de la Asesoría Jurídica.
Asimismo, la Asesoría Jurídica ejerce asesoramiento a las diferentes secciones integradas en la Tesorería, bien mediante la elaboración de informes, genéricos o específicos, bien mediante la elaboración de resoluciones administrativas, bien mediante la supervisión de las realizadas por las diferentes secciones, o bien mediante el asesoramiento verbal que no constituye, en rigor, informes jurídicos pero en las que se ejerce también una actividad consultiva necesaria para el funcionamiento del servicio.
Actuaciones realizadas durante el año 2013:
Actuaciones consultivas.
En relación con los asuntos consultivos en el año 2013 se han realizado 44 informes de carácter formal que se clasifican, en relación con la materia tratada, del siguiente modo:
- Informes previos al otorgamiento de escritura pública o al otorgamiento de certificación de adjudicación de venta de bienes inmuebles de conformidad con los artículos 104 y 111 del Reglamento General de Recaudación: 3.
- Informes solicitados por la Sección de Gestión Tributaria: 22.
- Informes solicitados por la Sección de Recaudación, la Unidad Central de Embargos o por las oficinas de Recaudación: 10.
- Informes sobre aceptación de la delegación de las facultades de gestión, liquidación, recaudación e inspección de ingresos locales efectuada por diferentes Ayuntamientos y Mancomunidades de la Provincia: 9.
Actuaciones contenciosas.
En los asuntos contenciosos se incluyen las actuaciones desarrolladas ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº. 1 de Huesca, ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo así como las actuaciones desarrolladas ante los órganos de la jurisdicción civil, estos últimos cada vez más numerosos ante la avalancha de procesos concursales existentes derivados de la situación de crisis económica actual.
Conviene precisar que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 447.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el artículo 54.4 del Real Decreto Legislativo 781/1986 y en el artículo 221.2 del Real Decreto 2568/1986, en los procedimientos seguidos ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº. 1 de Huesca y ante los Juzgados de lo Civil el Letrado-Asesor de la Tesorería Provincial ha asumido las funciones de defensa y representación de la Corporación Provincial. En las actuaciones realizadas ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón y ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo las funciones asumidas por el Letrado de la Tesorería Provincial han sido únicamente las de defensa, asumiendo la representación procesal las Procuradoras Sras. Peire Aguirre, en el primer caso, y Solera Lama, en el segundo.
En cuanto a las cifras que se ofrecen, hay que destacar que se refieren únicamente a los asuntos que han tenido entrada en la Asesoría Jurídica de la Tesorería Provincial durante el año, sea porque se han iniciado en dicho año o porque, aun iniciados con anterioridad, la personación del Letrado de Diputación Provincial en las actuaciones correspondientes se ha producido en ese ejercicio.
Entrando ya en los datos concretos que se han recopilado, cabe destacar que en el ejercicio 2013 se iniciaron 71 expedientes de defensa jurídica distribuidos de la siguiente forma:
- Ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Huesca, 2.
- Procedimientos concursales, 69
Otras actuaciones.
En este apartado deben destacarse dos cuestiones fundamentalmente: la realización de los expedientes de las delegaciones de las facultades de gestión, liquidación, recaudación e inspección de ingresos de Derecho Público efectuadas en esta Corporación por diferentes Ayuntamientos (así como los expedientes de encomienda de gestión efectuadas por los Ayuntamientos relativos el cobro del canon de saneamiento en vía voluntaria) y la tramitación de los expedientes de concesión de beneficios fiscales a las entidades sin fines lucrativos.
Por lo que respecta al primer aspecto, en el año 2013 se tramitaron 9 expedientes sean de delegación o de encomienda o de revocación de delegaciones.
En relación con los expedientes de concesión de beneficios fiscales en los Impuestos sobre Bienes Inmuebles y Actividades Económicas de aquéllas Fundaciones, Asociaciones de Utilidad Pública y Entidades a que se refiere la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo se han tramitado 17 en el año 2013.