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Ayudas destinadas a inversiones en pequeños municipios aragoneses y a proyectos de sensibilización de servicios comarcales para las comarcas con cargo al Fondo Local de Aragón.

Entidad convocante: Gobierno de Aragón

Objeto: Serán susceptibles de subvención exclusivamente la adquisición de equipamientos municipales (suministros) directamente relacionados con la prestación de servicios de competencia municipal propia o distinta de la propia

Cuantía subvenciones:

La cuantía individualizada de la subvención podrá ser del 100 % de la actuación subvencionable con un límite de 9.000 euros.

Las subvenciones previstas son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma fnalidad procedentes de otras administraciones públicas o entidades privadas sin que en ningún caso sea de tal cuantía que, aisladamente, o en concurrencia con éstos, supere el coste de la actividad subvencionada.

Beneficiarios:

Podrán acceder a la condición de benefciarios los municipios aragoneses con población de hasta 350 habitantes (incluidos) según datos recogidos en el último nomenclátor publicado.

Cada solicitante solo podrá presentar una solicitud en cada convocatoria de ayudas, en la que se podrán incluir varias actuaciones.

Régimen de concesión: El procedimiento de concesión de las subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.

Plazo de presentación: En plazo

WEB: Gobierno de Aragón

Subvenciones por prórrogas de Agentes de Empleo y Desarrollo Local reguladas en la Orden EIE/1357/2016, de 20 de septiembre

Entidad convocante: Departamento de Economía, Planificación y Empleo

Objeto
Financiar nuevos períodos de contratación de los AEDL que hubiesen sido subvencionados en el ejercicio anterior, quedando condicionado el otorgamiento de la correspondiente prórroga de la subvención al cumplimiento de los requerimientos establecidos, en su caso, por el Instituto Aragonés de Empleo, a la necesidad de dar continuidad al plan de acción que motivó el otorgamiento inicial y al cumplimiento de las condiciones establecidas en la Orden EIE/1357/2016, de 20 de septiembre, tal y como establece el artículo 5.1 de la citada orden.

Beneficiarios
Ayuntamientos, las diputaciones provinciales y las comarcas de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como las entidades dependientes o vinculadas a los
mismos, siempre que tengan asignadas competencias en promoción de empleo y su titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales que tengan previsto prorrogar una contratación de AEDL subvencionada en la convocatoria anterior.

Plazo de solicitud: El plazo para la presentación de solicitudes será a lo largo de los dos meses naturales inmediatamente anteriores a aquel en que se produzca la finalización del periodo subvencionado anterior.

Intensidad de la ayuda
-Durante los cuatro primeros años de contratación, la subvención anual será de hasta la totalidad de los costes salariales, con el límite máximo de 3 veces el
valor del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples -IPREM- vigente en el momento del otorgamiento de dicha subvención, considerando 14 pagas anuales.
b) Durante el quinto año de contratación, la subvención será de hasta el 70% de los costes salariales, con el límite de 2 veces el valor del IPREM.
c) Durante el sexto y sucesivos años de contratación, la subvención anual será de hasta el 35% de los costes salariales previstos derivados de la contratación del AEDL, con el límite del IPREM.

Web tramitación Gobierno de Aragón