Programa de ayudas INNOVAE (Programa de incentivos a proyectos singulares innovadores de ahorro y eficiencia energética) PRÓXIMA CONVOCATORIA

Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. IDAE

Objeto

El Programa de ayudas INNOVAE (Programa de incentivos a proyectos singulares innovadores de ahorro y eficiencia energética) establece una línea de subvenciones que tiene por objetivo incentivar proyectos singulares innovadores de ahorro y eficiencia energética, que permitan reducir el consumo de energía final mediante la implantación de las mejores tecnologías disponibles en los siguientes sectores:

1-Movilidad sostenible: Fomentar actuaciones que eviten desplazamientos o mejoren la eficiencia energética en el transporte.

Actuaciones que eviten desplazamientos o fomenten el cambio modal entre modos de transporte, a otros modos más eficientes.

Actuaciones que promuevan el vehículo compartido y/o los viajes compartidos por carretera, tanto en medio urbano como interurbano, dotando de mayor eficiencia a los desplazamientos. Soluciones a la movilidad en ámbitos rurales donde existe una menor disponibilidad de servicios de transporte público y una mayor dependencia del vehículo privado.

Aplicaciones de tecnologías digitales: soluciones basadas en Big Data o Inteligencia Artificial que reduzcan el consumo energético vinculado con la movilidad.

Actuaciones que promuevan un ahorro de energía final y una mayor eficiencia en el sector del transporte por carretera.

2-Industria: Fomentar la mejora de la tecnología en procesos industriales que reduzcan el consumo de energía final.

3-Edificios existentes del sector terciario: Facilitar que los edificios existentes alcancen la condición de 0 emisiones:  

Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica; Incorporación de tecnologías eficientes en ventilación en las instalaciones térmicas de los edificios; 

 Incorporación de tecnologías eficientes en distribución y emisores térmicos en las instalaciones térmicas de los edificios;  

Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación interior; 

Incorporación de tecnologías de automatización y control en instalaciones consumidoras y/o generadoras de energía del edificio y/o de acumulación energética;  Instalación de equipos integrados in situ que generen electricidad, calor o frío a partir de fuentes de energía renovables, que reduzcan el consumo de energía final; Instalación de equipos para la digitalización del edificio en particular a efectos de aumentar su preparación para aplicaciones inteligentes.

4-Generadores de frio: Fomentar la sustitución de grandes sistemas de refrigeración por comprensión mecánica (potencia eléctrica instalada superior a 100 Kw)

 

Beneficiarios

En función de cada subprograma, los beneficiarios podrán ser:

-El Sector Público a que se refiere el artículo 2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre (Subprogramas 1, 3, 4)

-Empresas con personalidad jurídica propia (micro, pequeña, mediana y gran empresa)

-Personas físicas con actividad económica, dadas de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

-Consorcios y agrupaciones empresariales con personalidad jurídica propia.

-Universidades y Centros de Investigación y Desarrollo, con personalidad jurídica propia

 

Intensidad de la ayuda:  En caso de que el solicitante no tenga actividad económica, la intensidad de ayuda máxima será del 70?%.

-Requisitos Movilidad sostenible:  Ahorro mínimo: 60 tep/año.  Coste mínimo elegible: 200.000 €/proyecto.  Ayuda máxima: 4.500.000 €/proyecto.  Plazo máximo ejecución: 18 meses.

-Requisitos Edificios existentes del sector terciario para ser edificios cero emisiones: Calificación energética A o B en escala emisiones CO2.  Ahorro mínimo: 60 % E. primaria y 20% E. final.  Coste mínimo elegible: 1.000.000 €/proyecto.  Ayuda máxima: 3.000.000 €/proyecto.  Plazo máximo ejecución: 24 meses.

-Requisitos Proyectos singulares de sustitución de generadores de frío: Ahorro mínimo: + 20%. Coste mínimo elegible: 100.000 €/proyecto. Ayuda máxima: 2.000.000 €/proyecto. Plazo máximo ejecución: 24 meses.

 

Web informativa IDAE

Ayudas convocadas para entidades locales para la realización, durante los años 2026 y 2027, de derribos y demoliciones en inmuebles, en el marco de la Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación, a cargo del Fondo de Cohesión Territorial

Departamento de Vivienda, Fomento, Logística y Cohesión Territorial. Gobierno de Aragón

 

Objeto

Actuaciones de renovación urbana consistentes en el derribo y demolición de inmuebles, con la finalidad de desarrollar el Eje temático 2 –Alojamiento– de la Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación, aprobada por Decreto 165/2017, de 31 de octubre, del Gobierno de Aragón.

las actuaciones subvencionables en esta convocatoria serán: obras de derribo y demolición de edificaciones e inmuebles con deficiencias estructurales, o en estado de abandono, deficiente mantenimiento o ruina, así como la realización de las actuaciones de desescombro, limpieza,
saneamiento y vallado de los correspondientes solares, siempre que reúnan los
requisitos establecidos en la convocatoria.  

Asimismo, se considera actuación subvencionable, la adquisición en plena propiedad de edificaciones o inmuebles, por parte de la entidad local, por cualquiera de las formas o modos admitidos en derecho y conforme al procedimiento de adquisición de la misma previsto en la legislación vigente en materia de régimen local, y demás normativa aplicable, cuyo destino sea el
derribo y demolición.

Las actuaciones antes referidas deberán ser ejecutadas entre el día 1 de enero de 2026 y el día 30 de septiembre de 2027, ambos incluidos.

 

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las siguientes entidades locales,
siempre que resulten seleccionadas conforme a los requisitos y criterios de
valoración establecidos en la convocatoria (consulta de relación detallada de municipios y/o asentamientos beneficiarios)

-Municipios cuya clasificación en la estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón se corresponda con los rangos VIII, IX o X (8, 9 o 10), incluyendo todos sus asentamientos habitados.


- Municipios cuyo rango sea inferior a VIII (8) en la clasificación de la estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón, pertenecientes a comarcas cuyo valor de ISDT sea inferior a 100, incluyendo todos sus asentamientos habitados.


- Municipios cuya clasificación en la estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón sea inferior a VIII (8), cuenten con asentamientos de población cuyo rango sea VIII, IX o X (8, 9 o 10) y estén ubicados en una comarca cuyo ISDT sea igual o superior a 100, siempre y cuando la actuación subvencionable se ejecute en dichos asentamientos. Se excluyen los asentamientos de estas características pertenecientes al municipio de Zaragoza.


- Municipios que cuenten con asentamientos de población cuyo rango sea inferior a VIII (8), estén ubicados en una comarca cuyo ISDT sea igual o superior a 100 y su ISDT auxiliar sea inferior a 100, siempre que la actuación subvencionable se realice en dichos asentamientos.

 

Intensidad de la ayuda

La cuantía individualizada de la subvención por beneficiario podrá alcanzar hasta el cien por cien (100%) del gasto subvencionable debidamente justificado, siempre dentro del crédito disponible.

La cuantía máxima de la subvención a percibir por las entidades beneficiarias, considerados todos los gastos subvencionables propuestos, será de setenta mil euros (70.000 €).
El importe mínimo del gasto, para poder solicitar la subvención, se establece en seis mil euros (6.000 €).

 

Plazo de presentación: hasta el 16 de julio de 2026

Web tramitación