Objeto
La convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para sufragar los gastos de funcionamiento que se indican a continuación propios de las farmacias en pequeñas poblaciones de la provincia de Huesca.
Los gastos realizados y pagados en el ejercicio de 2026 a nombre de los titulares de las oficinas de farmacia por los siguientes conceptos:
- Gastos de cuotas de autónomos a la Seguridad Social del titular de la oficina de farmacia. Dado que el abono de algunas mensualidades estos gastos se realiza con carácter posterior a la finalización del plazo de justificación, los correspondientes a los meses de noviembre y diciembre se podrán justificar provisionalmente con la proyección de dichos gastos prevista y ajustada a los importes del resto de los meses del año. Dicha justificación provisional quedará supeditada a la presentación de los justificantes correspondientes antes del 13 de febrero de 2027.
- Gastos derivados de la receta electrónica: el servicio de conectividad de datos a Internet y los de conexión a la receta electrónica, mecanización y servicio informático para su gestión prestados por el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Huesca. Se admiten los gastos abonados desde 1 de enero hasta el 31 de diciembre, ambos inclusive.
Están expresamente excluidos los gastos de la conexión a Internet distintos del servicio de telefonía y datos.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de esta subvención los titulares de las oficinas de farmacia de la provincia de Huesca que no estén incursos en ninguna de las causas establecidas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de subvenciones y que cumplan con alguna de estas dos condiciones:
a) Que estén abiertas en municipios de la provincia de Huesca de menos de 1.000 habitantes. Los datos de población se referirán a la cifra de población resultante de la revisión del padrón municipal a 1 de enero de 2025, publicada por el Instituto Nacional de Estadística.
b) Que la Dirección-Gerencia del Servicio Aragonés de la Salud les haya reconocido en el ejercicio de la convocatoria el derecho a la aplicación de los índices correctores del margen de facturación, porque se entienden como farmacias en situación de viabilidad económica comprometida, en adelante VEC.
Además de encontrarse en alguna de estas dos situaciones, los titulares de las oficinas deberán permanecer en activo hasta el 31 de diciembre de 2026.
Plazo solicitud: El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 21 de mayo de 2026.
Plazo justificación: El plazo máximo para la realización de actividad será hasta el 31 de diciembre de 2026 y el de justificación hasta el 16 de noviembre de 2026.
Tramitación electrónica: Registro Electrónico de la Diputación Provincial de Huesca
** Los modelos para la solicitud y justificación de la subvención se pueden descargar en en el apartado Impresos e instancias
** Para realizar la presentación electrónica hay que descargar, cumplimentar y firmar los impresos e instancias de la convocatoria y, posteriormente realizar “nueva instancia” en el trámite del registro.
Anuncio de la convocatoria publicado en el Boletín oficial de la Provincia n.º 74 de 21 de abril de 2026