Subvenciones a la digitalización y preservación del patrimonio bibliográfico y su difusión mediante repositorios, correspondiente al año 2025

Ministerio de Cultura

Objeto

La digitalización y posterior agregación de los objetos digitales resultantes en el recolector «Hispana» del Ministerio de Cultura y en «Europeana». 

Las obras susceptibles de digitalización mediante estas subvenciones deberán no haber sido previamente digitalizadas o, en caso contrario, se deberá justificar debidamente la necesidad de una nueva digitalización.
Las subvenciones financiarán proyectos de digitalización de bienes que formen parte del patrimonio bibliográfico (conforme a lo establecido en el artículo 50.1 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español), o que gocen de un especial interés bibliográfico, cuyos resultados sean posteriormente accesibles en línea. Estos bienes han de estar en el dominio público o, en caso contrario, las entidades solicitantes de las ayudas han de poseer los derechos de explotación necesarios sobre los mismos, de acuerdo con el Real Decreto 1/1996, de 12 de
abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia. Asimismo, en caso de resultar beneficiarias, las entidades deberán ceder al Ministerio de Cultura los derechos necesarios para la publicación y difusión de los objetos digitales en el recolector «Hispana», en «Europeana» y en otras bibliotecas digitales gestionadas por el Ministerio..

Beneficiarios
Las comunidades autónomas y los organismos y entidades con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de ellas, así como las universidades públicas españolas.
Las entidades locales españolas y los organismos y entidades con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de ellas. Las entidades privadas sin fines de lucro de nacionalidad española y las reales academias.

Observaciones

Aplicación presupuestaria para ayudas a entidades locales para preservación del Patrimonio Digital: 100.000 euros.

 

Plazo de presentación: hasta el 3 de julio de 2025

Web tramitación

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Subvenciones destinadas a mejora emplazamientos actividades juveniles de tiempo libre en su modalidad de acampadas, colonias y campos de trabajo para el año 2025

Departamento de Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón.

Objeto

Subvenciones destinadas a la mejora de los emplazamientos donde se realizan las actividades contempladas en el Decreto 74/2018, de 24 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de las actividades juveniles de tiempo libre en la Comunidad Autónoma de Aragón en su modalidad de acampadas, colonias y campos de trabajo, para el año 2025.

Beneficiarios

Entidades locales, entidades sin ánimo de lucro, personas físicas.

En el caso de Entidades Locales podrán solicitar estas subvenciones con cargo al ejercicio presupuestario de 2025, las entidades locales aragonesas incluidas en el artículo 2 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, que asuman los gastos de mejora y
que acrediten la propiedad, arrendamiento, concesión o cualquier otro título que le permita la utilización de los emplazamientos o instalaciones.

Plazo de presentación: hasta el 20 de junio de 2025

Observaciones

La cuantía disponible asciende a un importe máximo de 40.000,00 € 

Web información y tramitación Gobierno de Aragón