Ayudas a entidades locales territoriales, entidades públicas dependientes de las entidades locales territoriales para mantenimiento de Aulas Mentor

Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes

Objeto

Ayudas destinadas al mantenimiento de Aulas Mentor dependientes de entidades locales territoriales y entidades públicas dependientes de las entidades locales territoriales para promover la formación abierta, flexible y a través de Internet para personas adultas desarrollada en el período comprendido entre el 1 de abril de 2025 y el 30 de abril de 2026.
Estas ayudas se convocan en régimen de concurrencia competitiva y están dirigidas a entidades que cuentan con un Aula Mentor, activa y en funcionamiento a 30 de abril de 2026. 

El número máximo de ayudas concedidas a cargo de esta convocatoria será de ciento cincuenta (150).

Beneficiarios

Entidades locales a las que se refiere el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como las entidades locales de ámbito territorial inferior al municipal instituidas o reconocidas por las comunidades autónomas y las entidades públicas dependientes de las entidades locales territoriales, que cuenten con un Aula Mentor activa y en funcionamiento a fecha de 30 de abril de 2026.

Intensidad de la ayuda: La aplicación presupuestaria consta de 600.750,00€ que se distribuirán en ciento cincuenta (150) módulos de 4.005,00 €. cada uno.

Plazo de presentación: desde el 04 de junio de 2026 hasta el 24 de junio de 2026.

Enlace web Ministerio

Subvenciones a entidades locales destinadas a mejorar e impulsar el control poblacional de colonias felinas - Convocatoria 2026

Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030

Objeto

Los proyectos subvencionables deberán incluir alguna de las siguientes categorías:
a) Implantación del método CER.
b) Tratamientos veterinarios de los individuos de las colonias felinas.
c) Mejora de las condiciones de vida y alimentación de los individuos de las colonias felinas.
d) Formación del personal municipal o concienciación de la población en el respeto a las colonias felinas.

Beneficiarios

Los ayuntamientos que dispongan de programa de gestión ética de colonias felinas aprobado por la entidad local.
Las diputaciones provinciales y forales, los cabildos y consejos insulares, las comarcas, las mancomunidades, u otras entidades que agrupen varios municipios, siempre que los municipios
en los que se plantee la actuación o proyecto dispongan de un programa de gestión ética de colonias felinas aprobado por la entidad local correspondiente.

Plazo de presentación: hasta el 10/06/2026.

Intensidad de la ayuda.

El importe de la financiación para cada proyecto no podrá ser superior al 5 por ciento del crédito presupuestario disponible, salvo que, distribuida dicha cantidad entre todos los proyectos presentados conforme a los criterios establecidos en el apartado anterior, hubiese un remanente, en cuyo caso se distribuirá de manera proporcional a la puntuación obtenida por cada proyecto.  En cualquier caso, el importe de la financiación no podrá superar el coste de la actuación.

La cuantía máxima de la convocatoria es 1.950.000,00 euros que se distribuirá en los siguientes tramos:
a) Tramo 1: 850.000,00 € para proyectos presentados por entidades locales o agrupaciones lideradas por entidades locales con una población igual o inferior a 10.000 habitantes.
b) Tramo 2: 850.000,00 € para proyectos presentados por entidades o agrupaciones lideradas por entidades locales con una población superior a 10.000 habitantes e inferior o igual a 50.000 habitantes.
c) Tramo 3: 250.000,00 € para proyectos presentados por entidades locales o agrupaciones lideradas por entidades locales con una población superior a 50.000 habitantes.

En el supuesto de que, una vez asignadas las cuantías a los proyectos dentro de cada tramo, exista remanente en alguno de ellos, el mismo podrá distribuirse entre los restantes hasta agotar el crédito presupuestario existente. La concesión de estas subvenciones queda condicionada a la vigencia y suficiencia del citado crédito presupuestario.

Se podrán subvencionar proyectos con una cuantía mínima solicitada de 10.000,00
euros y máxima de 80.000,00 euros.

El importe de la financiación a conceder según estas bases reguladoras será de un mínimo del 60 por ciento y un máximo del 100 por ciento sobre el presupuesto del
proyecto que haya sido considerado financiable, conforme al siguiente orden de prelación:
a)?Proyectos dirigidos a la implantación del método CER: 100 por ciento.
b)?Proyectos dirigidos al tratamiento veterinario de los individuos de las colonias felinas: 80 por ciento.
c)?Proyectos dirigidos al acondicionamiento de las colonias felinas existentes en el municipio: 60 por ciento.
d)?Proyectos dirigidos a la sensibilización de la población respecto de las colonias felinas: 60 por ciento.

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