Desarrollo, Iniciativas Territoriales y Programas Europeos

Subvenciones para la realización de actividades de educación y difusión medioambiental para el año 2025

Objeto: Realización de actividades de educación y difusión medioambiental, concretándose en la convocatoria cuales son las actividades subvencionables y cuales no.

Beneficiarios: Los Ayuntamientos, Entidades Locales Menores y Comarcas de la provincia de Huesca que cumplan todos los requisitos exigidos en la convocatoria.

Plazo de solicitud: Hasta el día 7 de marzo de 2025.

Plazo de justificación: 

- El 15 de septiembre de 2025, estableciendo un plazo adicional para la presentación de los justificantes de pago hasta el 30 de septiembre de 2025.

El plazo para la realización de la actividad: del 1 de noviembre de 2024 al 31 de agosto de 2025.

Tramitación electrónica>>

** Los impresos e instancias genéricos necesarios para realizar la tramitación de la subvención están disponibles en la sede electrónica, accediendo al enlace arriba indicado (tramitación electrónica).

** Para realizar la presentación electrónica hay que descargar, cumplimentar y firmar los impresos e instancias de la convocatoria y, posteriormente realizar "nueva instancia".


Anuncio de la convocatoria publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca número 25, de 7 de febrero de 2025.

Subvenciones para la celebración de ferias y mercados año 2025

Objeto: Subvenciones para sufragar gastos corrientes derivados de la celebración de ferias y mercados realizados o por realizar en la provincia de Huesca desde el 1 de noviembre de 2024 hasta el 31 de octubre de 2025, incluidos dentro del Calendario de Ferias y Exposiciones Oficiales de Aragón del correspondiente ejercicio, publicado en www.aragon.es/ferias

Beneficiarios: Ayuntamientos y Comarcas de la provincia de Huesca

Plazo de solicitud: hasta el 17 de marzo de 2025

Plazo de justificación:  

El plazo máximo de justificación de las subvenciones:

  •  Para las ferias que se celebren desde el 1 de noviembre de 2024 hasta el 31 de marzo de 2025, es el 5 de mayo de 2025. 
  • Para las ferias que se celebren desde el 1 de abril de 2025 hasta el 30 de junio de 2025, es el 1 de agosto de 2025. 
  •  Para las ferias que se celebren desde el 1 de julio de 2025 hasta el 30 de septiembre de 2025, es el 3 de noviembre de 2025. 
  • Para las ferias que se celebren en el mes de octubre de 2025, es el 1 de diciembre de 2025.

Tramitación electrónica>>

** Los impresos e instancias genéricos necesarios para realizar la tramitación de la subvención están disponibles en la sede electrónica, accediendo al enlace arriba indicado (tramitación electrónica).

** Para realizar la presentación electrónica hay que descargar, cumplimentar y firmar los impresos e instancias de la convocatoria y, posteriormente realizar "nueva instancia".

Anuncio de la convocatoria publicado en el Boletín Oficial de la Provincial de Huesca, número 31 de 17 de febrero de 2025.

 

Subvenciones para el fomento del cultivo de trufa negra 2025

Objeto

La convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para el fomento del cultivo de la trufa negra Tuber melanosporum en la provincia de Huesca mediante dos modalidades: el establecimiento de nuevas plantaciones con plantas micorrizadas y la mejora de las plantaciones existentes mediante la instalación de un sistema de riego en la misma parcela.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas, físicas o jurídicas que no sean adminisstraciones públicas que sean titulares de derechos de propiedad, posesión o usufructo sobre las tierras en la provincia de Huesca, que cumplan todos los requisitos exigidos en la presente convocatoria y que no estén incursos en alguna de las causas establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y que reúnan los requisitos recogidos en el artículo 4 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Huesca vigente.

Plazo de solicitud: finalizará el día 17 de marzo de 2025.

El plazo máximo para la realización de la actividad y la justificación será hasta el 24 de octubre de 2025 para mejora de la plantación y hasta el 14 de noviembre de 2025 para nueva plantación.

Anuncio de la convocatoria publicado en el Boletín Oficial de la Provincial de Huesca nº 31 de 17 de febrero de 2025.

Consultas en el teléfono 974347947-Centro de truficultura de Graus.

Tramitación electrónica>>

** Los impresos e instancias genéricos necesarios para realizar la tramitación de la subvención están disponibles en la sede electrónica, accediendo al enlace arriba indicado (tramitación electrónica), y los específicos se adjuntan a esta convocatoria.

** Para realizar la presentación electrónica hay que descargar, cumplimentar y firmar los impresos e instancias de la convocatoria y, posteriormente realizar "nueva instancia".
 

Subvenciones para el relevo generacional de actividades económicas en las zonas rurales 2024

Objeto

La convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones a personas físicas o jurídicas para apoyar y sufragar los gastos de funcionamiento o de inversión de la actividad o del espacio en el que se ubique propia del relevo generacional, en municipios con menos de 10.000 habitantes. La subvención va destinada a costear gastos de puesta en funcionamiento y acompañamiento del mismo en los primeros meses de actividad.

Los gastos subvencionables de esta convocatoria son los siguientes:
1. Gastos corrientes:
a) Gastos de registro, notaría e informes legalmente preceptivos para el proceso de traspase.
b) Importes abonados a la Seguridad Social, desde el 1 enero de 2024 al 31 diciembre de 2024. 
c) Equipamiento informático. Se consideran, a efectos de estas bases, aparatos electrónicos que posibiliten una mayor eficiencia en el procedimiento, almacenamiento y visualización de la información: tabletas, ordenadores, equipaciones de red, servidores, conexiones a internet, escáneres y similares, siempre que se destinen exclusivamente al desarrollo de la actividad económica del solicitante.
d) Reforma del local del negocio: obras de sencillez técnica y escasa entidad constructiva y económica que consistan en simples reparaciones, decoraciones u ornatos y que no modifiquen la estructura constructiva del local del negocio.
e) Mobiliario y equipamiento: conjunto de muebles que sirvan para la actividad normal de la empresa como mesas, estanterías, mostradores, vitrinas y pequeños electrodomésticos.
f) Mejoras en la eficiencia energética, que comprenderán toda compra de productos e instalaciones que reduzcan el consumo energético, incluyendo el cambio de sistemas de iluminación, cambio de maquinaria e instalaciones.
g) Nuevas inversiones en activos fijos necesarios para el funcionamiento del establecimiento.
En el caso de los gastos incluidos en los apartados c), e) y f), se considerarán gastos de inversión aquellos cuyo coste unitario sea superior a 300 € (IVA incluido).

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas que adquieran un negocio que se traspase o venda por jubilación del titular o cese de la actividad, en el periodo comprendido entre el 01/01/2024 y el 31/10/2024, en municipios de la provincia de Huesca con menos de 10.000 habitantes.
Los negocios traspasados deben haber iniciado su actividad antes del 1 de enero de 2014 y, además, tendrán que cumplir una de estas dos condiciones:
a) Que estén en funcionamiento en el momento de la transferencia.
b) Que hayan cesado su actividad de posteriormente al 1 de enero de 2023.

Plazo de solicitud

La convocatoria es abierta y podrán presentarse solicitudes en dos procedimientos sucesivos de selección desde el inicio de la misma, en concreto:

- Primer procedimiento de selección: importe máximo a otorgar de 85.000 € (59.500 € para inversión y 25.500 € para gasto corriente) para las solicitudes registradas desde la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia  hasta el 30 de septiembre de 2024.

- Segundo procedimiento de selección: importe máximo a otorgar de 15.000 € (10.500 € para inversión y 4.500 € para gasto corriente) para las solicitudes registradas desde el 1 de octubre hasta el 30 de noviembre de 2024.

ACLARACIÓN: El certificado del Secretario o informe del Ayuntamiento del municipio en el que se ubique el negocio, recogido en el apartado h) de la documentación a presentar junto con la solicitud (base sexta de la convocatoria), debe acreditar que el negocio estuvo activo desde antes del 1 de enero de 2014 hasta el 1 de enero de 2023. Igualmente se admitirá cualquier otro documento válido en derecho que permita acreditar dicha circunstancia.

 

Plazo de justificación

       - Hasta el 15 de enero de 2025 para las ayudas concedidas en el primer procedimiento de selección.
       - Hasta el 15 de marzo de 2025 para las ayudas concedidas en el segundo procedimiento.
       Estos plazos no son objeto de prórroga.

Los modelos para la solicitud y justificación de la subvención se pueden descargar en el apartado Impresos e Instancias del Registro Electrónico de la Diputación de Huesca.

**Los impresos específicos necesarios para realizar la tramitación de esta subvención se adjuntan a esta convocatoria (modelos S2 y declaración MINIMIS).

Anuncio de la convocatoria: publicado en el BOP de Huesca número 149 de 2 de agosto de 2024

Anuncio de resolución de la convocatoria de subvenciones para el relevo generacional publicado en el BOP de Huesca número 220 de 13 de noviembre de 2024

Anuncio de resolución de la convocatoria de subvenciones para el relevo generacional, 2º procedimiento. Publicado en el BOP de Huesca número 2 de 3 de enero de 2025

 

Subvenciones para la compra de edificios para destinarlos a viviendas para nuevos pobladores 2025

Objeto

La concesión de subvenciones a los ayuntamientos y entidades locales menores de la provincia de Huesca para inversiones de adquisición, rehabilitación o construcción de viviendas destinadas al asentamiento de población y a la atracción de nuevos pobladores mediante su alquiler o posterior venta. 

Las inversiones podrán destinarse tanto a la adquisición de suelo urbano consolidado y de inmuebles en los cascos urbanos de las localidades, como a la rehabilitación o construcción de edificios cuando los mismos sean de titularidad municipal, incluido su derribo cuando su estado lo requiera.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los municipios y las entidades locales menores de la provincia de Huesca, a través de dos líneas diferenciadas: 

Línea 1. Municipios de menos de 3.000 habitantes censados y entidades locales menores.

Línea 2. Municipios de igual o más de 3.000 habitantes censados, excluida Huesca capital.

Plazo de solicitud: 

El plazo para la presentación de las solicitudes será desde el día siguiente a la publicación en el BOP hasta el día 30 de abril de 2025.

Las solicitudes se tramitarán siguiendo el orden de entrada en el Registro General de la Diputación Provincial de Huesca.

Plazo de justificación

El plazo de justificación de las subvenciones que se concedan finalizará el 31 de mayo de 2026.

Tramitación electrónica: Registro Electrónico de la Diputación de Huesca

** Los impresos e instancias necesarios para realizar la tramitación de la subvención figuran en la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Huesca.

** Para realizar la presentación electrónica hay que descargar, cumplimentar y firmar los impresos e instancias de la convocatoria y, posteriormente realizar "nueva instancia" en el trámite del registro.

Anuncio de la convocatoria: publicado en el BOP núm. 37 de 25 febrero de 2025

Subvenciones a las oficinas de farmacia de pequeños municipios 2024

Objeto

La convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para sufragar los gastos de funcionamiento que se indican a continuación propios de las farmacias en pequeñas poblaciones de la provincia de Huesca.

Los gastos realizados y pagados en el ejercicio de 2024 a nombre de los titulares de las oficinas de farmacia por los siguientes conceptos:

- Gastos de cuotas de autónomos a la Seguridad Social del titular de la oficina de farmacia. Dado que el abono de algunas mensualidades estos gastos se realiza con carácter posterior a la finalización del plazo de justificación, los correspondientes a los meses de noviembre y diciembre se podrán justificar provisionalmente con la proyección de dichos gastos prevista y ajustada a los importes del resto de los meses del año. Dicha justificación provisional quedará supeditada a la presentación de los justificantes correspondientes antes del 31 de enero siguiente.

- Gastos derivados de la receta electrónica: el servicio de conectividad de datos a Internet y los de conexión a la receta electrónica, mecanización y servicio informático para su gestión prestados por el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Huesca. Se admiten los gastos abonados desde 1 de enero hasta el 16 de diciembre, ambos inclusive.

Están expresamente excluidos los gastos de la conexión a Internet distintos del servicio de telefonía y datos.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de esta subvención los titulares de las oficinas de farmacia de la provincia de Huesca que no estén incursos en ninguna de las causas establecidas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de subvenciones y que cumplan con alguna de estas dos condiciones:

a) Que estén abiertas en municipios de la provincia de Huesca de menos de 1.000 habitantes. Los datos de población se referirán a los del último censo de población publicado por el Instituto Nacional de Estadística.

b) Que la Dirección-Gerencia del Servicio Aragonés de la Salud les haya reconocido en el ejercicio de la convocatoria el derecho a la aplicación de los índices correctores del margen de facturación, porque se entienden como farmacias en situación de viabilidad económica comprometida, en adelante VEC.

Plazo solicitud: El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 25 de julio de 2024.

Plazo justificación:  El plazo máximo para la realización de actividad será hasta el 31 de diciembre de 2024 y el de justificación hasta el 15 de noviembre de 2024.

Los modelos para la solicitud y justificación de la subvención se pueden descargar en el apartado Impresos e instancias

Acceso a la tramitación electrónica>>

Anuncio de la convocatoria publicado en el Boletín oficial de la Provincia nº 123 de 27 de junio de 2024

Anuncio de la resolución de la convocatoria publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 161 de 21 de agosto de 2024

Anuncio por corrección de errores de la resolución de la convocatoria de subvenciones para oficinas de farmacia año 2024 publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 166 de 28 de agosto de 2024