Entidad convocante: Ministerio de Política Territorial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. (C11.I03. Hitos 167 y 169 y del objetivo 168 del PRTR)
Objeto:
Gastos subvencionables:
En el marco de la transformación digital de las administraciones de entidades locales, pudiendo solicitar la subvención para el desarrollo de una de las siguientes actuaciones o para ambas:
a)?Puesta en marcha de un nuevo sistema de gestión de la información sobre el territorio de ámbito municipal. Cada municipio del ámbito territorial de la entidad beneficiaria deberá contar con una base de datos de viviendas, unificada a nivel nacional, en la que se identificará cada vivienda mediante un identificador basado en la referencia catastral en el territorio fiscal común, o en el código equivalente en los territorios forales, del bien inmueble en el que esté ubicado el hogar. Asimismo, se deberá contar con herramientas que permitan la actualización de la información obrante en dicha base de datos.
b)?Puesta en marcha de un nuevo sistema de intercambio de información padronal en tiempo real entre los municipios y el Instituto Nacional de Estadística (INE). La actuación subvencionable comprenderá la elaboración de los proyectos de adaptación desde los sistemas de información actuales de los ayuntamientos, de periodicidad mensual.
*Observaciones. Una vez publicada esta orden, el INE proporcionará, antes del 31 de diciembre de 2023, una Guía técnica en la que se detallarán las actividades subvencionables a desarrollar y su calendario. Dicha guía se publicará en el portal de internet del INE y del Ministerio de Política Territorial. Asimismo, en el cuarto trimestre de 2024 el INE publicará una versión inicial de los manuales de integración de los padrones municipales con los sistemas del INE, con el fin de que las entidades beneficiarias puedan acometer correctamente la actuación.
Beneficiarios:
Las diputaciones provinciales, siendo los destinatarios de las actuaciones que realicen los municipios con población inferior a 20.000 habitantes de su ámbito territorial, de acuerdo con las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2020.
Plazo de presentación: Hasta las 15:00 horas del día 1 de abril de 2024.
Observaciones: Observaciones. La financiación de los proyectos objeto de esta convocatoria se podrá complementar con las aportaciones que realicen las entidades beneficiarias con cargo a sus presupuestos. Podrán ser compatibles con la percepción de otras subvenciones o ayudas procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales distintas de las mencionadas en el párrafo anterior, siempre que no se destinen a financiar los mismos costes.
Enlace convocatoria: BOE Nº 276
WEB: Ministerio Política Territorial