Gobierno de Aragón. Consejería de Presidencia, Economía y Justicia.
Objeto
Las entidades promotoras contempladas en el apartado cuarto de la Orden de convocatoria podrán solicitar ayudas para financiar los siguientes tipos de planes, integrados por actividades formativas y circunscritos al territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón:
a) Planes unitarios: se caracterizan por afectar al personal de una sola entidad con, al menos, 200 personas empleadas públicas.
b) Planes agrupados: se caracterizan por afectar al personal de dos o más entidades locales a las que se refiere el apartado 3.a) del artículo 10 del AFEDAP. Se podrán financiar los Planes agrupados promovidos por cualquier entidad local y dirigidos al conjunto del personal de las entidades locales que, a través de una adhesión expresa de su representante legal, quieran participar
Beneficiarios
Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales, Comarcas y demás entidades locales de Aragón reconocidas en el artículo 2 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón,
que promuevan planes de formación para el personal de las entidades locales de
Aragón, de carácter unitario o agrupado, dentro del ámbito del AFEDAP.
Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón" nº 119, de 24 de junio de 2026