a) Edad: Jóvenes de entre 16 y 30 años, incluidas personas con discapacidad, no ocupados y no integrados en los sistemas de educación y formación, que estuvieran inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
b) Residencia: los beneficiarios deberán ser residentes durante todo el periodo de vigencia de la subvención. A su vez, su centro de trabajo deberá enclavarse en municipios de menos de 5.000 habitantes, o en Sabiñánigo.
Podrán participar los jóvenes ya residentes en los citados municipios así como aquellos que retornen o se instalen en estos. Además, motivadamente, se podrá admitir el teletrabajo o la existencia de un centro de trabajo itienerante, siempre que el joven participante resida en uno de los municipios incluidos en la subvención.
c) Situación de desempleo: los beneficiarios deberán constar como desempleados e inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo en la fecha inmediatamente anterior al inicio de actividad.
d) Alta en el censo de empresarios: para poder ser beneficiarios, los solicitantes no podrán estar dados de alta, con carácter previo a la presentación de la correspondiente solicitud de subvención, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos ni en el Censo de Empresarios, profesionales y retenedores.
Los beneficiarios deben permanecer en situación de alta, al menos, 12 meses seguidos y deben mantener su inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
e) Al corriente de sus obligaciones: los beneficiarios deberán hallarse al corriente de sus obligaciones con la Diputación Provincial de Huesca y con el Instituto de Estudios Altoaragoneses, y hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.