Entidad convocante: Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento. Dirección General de Administración Electrónica y Sociedad de la Información. En el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia financiado por la Unión Europea - Next Generation EU.
Objeto
El objeto de estas ayudas, de acuerdo con el artículo 12 del Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, es proporcionar cobertura de redes de banda ancha de muy alta velocidad, capaces de prestar servicios a velocidades de al menos 1 Gbps, simétricos.
1. Línea de actuación 1: proporcionar conectividad de redes de banda ancha de muy alta velocidad, capaces de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps, en los ámbitos materiales de actuación a que hace referencia el artículo anterior.
2. Línea de actuación 2: instalar una red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad, capaz de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps, que abarque el conjunto del ámbito material de actuación, así como, en su caso, sus zonas industriales adyacentes, a fin de interconectar cada uno de los centros, unidades, instalaciones y dependencias que lo conforman.
Dentro de esta línea de actuación se distingue entre:
a) ámbitos materiales de actuación ubicados en terrenos cuya gestión corresponde a una entidad de derecho público, y
b) ámbitos materiales de actuación ubicados en terrenos cuya gestión corresponde a una entidad de derecho privado.
3. Línea de actuación 3: instalar una red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad, capaz de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps, en cada una de las fábricas, centros y dependencias que formen parte del ámbito material de actuación.
Gastos subvencionables
1. Las ayudas se destinarán a financiar inversiones y gastos que estén directamente relacionados
y sean necesarios para la realización de los proyectos. Se consideran inversiones y gastos elegibles los siguientes conceptos asociados al proyecto:
a) Infraestructuras y obra civil.
b) Equipamiento y otros materiales.
c) Otros costes generales o indirectos imputables al proyecto, como informes técnicos, estudios, etc.
Solicitantes
- Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones:
a) Para la línea de actuación 1: las personas físicas o jurídicas que ostenten la condición de operador debidamente habilitado, conforme a lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones.
b) Para la línea de actuación 2: cabe distinguir, conforme a lo previsto en el artículo 4.2, apartados a) y b):
i) En el supuesto de ámbitos materiales de actuación ubicados en terrenos cuya gestión corresponde a una entidad de derecho público: las personas físicas o jurídicas que ostenten la condición de operador debidamente habilitado, conforme a lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones.
ii) en el supuesto de ámbitos materiales de actuación ubicados en terrenos cuya gestión corresponde a una entidad de derecho privado: las comunidades de propietarios sujetas al régimen de propiedad horizontal, las agrupaciones de propietarios y las personas jurídicas o entidades vinculadas a la gestión, funcionamiento o dinamización de un polígono industrial o centro logístico, así como las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan beneficiarse de esta actuación.
c) Para la línea de actuación 3: las personas físicas y jurídicas titulares de bienes inmuebles situados en un ámbito material de actuación o, en su caso, en sus zonas industriales adyacentes, así como las comunidades de propietarios sujetos al régimen de propiedad horizontal, establecido en el artículo 396 del Código Civil, así como en los correlativos de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal.
Intensidad de la ayuda
La intensidad máxima de la ayuda no podrá superar el 80 por ciento del coste de todos los conceptos subvencionables.
Plazo de presentación:
Línea 1 hasta el 14 de marzo de 2023
Línea 2a hasta el 14 de marzo de 2023
Línea 2b hasta el 30 de junio de 2023
Línea 3 hasta el 30 de junio de 2023
Web informativa Gobierno de Aragón
Web tramitación Gobierno de Aragón