Subvenciones para la mejora y equipamiento de las policías locales con cargo al fondo local de Aragón

Departamento de Hacienda, Interior y Administración Pública del Gobierno de Aragón

Objeto

Subvenciones destinadas a la mejora de los medios personales y materiales de los Ayuntamientos
que cuenten con cuerpo de Policía Local, o estén en vías de crearlo conforme al proceso previsto en la Ley 8/2013, de 12 de septiembre, de Coordinación de Policías Locales de Aragón, hecho este último que deberá acreditarse, siendo subvencionables las siguientes actuaciones:
a) Adquisición de material técnico, todos ellos de uso policial, recogidos en el Decreto 92/2022, de 15 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la dotación de medios técnicos y de defensa y la uniformidad de los Cuerpos de Policía Local de Aragón, los cuales deberán ajustarse a las normas de utilización recogidas en el mismo texto (alcoholímetros, sonómetros, armas,
equipos de transmisiones, chalecos antibalas/anti punzón, equipos informáticos y fotográficos, etc.).
b) Obras de mejora de instalaciones de la Policía Local.
c) Adquisición de vehículos para la Policía Local, así como aquellas mejoras en los mismos que supongan incremento de su valor.
d) Gastos derivados de la uniformidad exigida reglamentariamente ligada siempre a los equipos de protección individual.
e) Adquisición de los elementos tecnológicos relacionados con las funciones policiales.
 

Beneficiarios

Los Ayuntamientos de Aragón que cuenten con cuerpo de Policía Local, o estén en vías de crearlo conforme al proceso de integración previsto en la Ley 8/2013 de 12 de septiembre, de Coordinación de Policías Locales de Aragón.

Plazo de presentación: hasta el 27/05/2026 a las 23:59 h.

Enlace web Gobierno Aragón

Subvenciones a entidades locales destinadas a mejorar e impulsar el control poblacional de colonias felinas - Convocatoria 2026

Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030

Objeto

Los proyectos subvencionables deberán incluir alguna de las siguientes categorías:
a) Implantación del método CER.
b) Tratamientos veterinarios de los individuos de las colonias felinas.
c) Mejora de las condiciones de vida y alimentación de los individuos de las colonias felinas.
d) Formación del personal municipal o concienciación de la población en el respeto a las colonias felinas.

Beneficiarios

Los ayuntamientos que dispongan de programa de gestión ética de colonias felinas aprobado por la entidad local.
Las diputaciones provinciales y forales, los cabildos y consejos insulares, las comarcas, las mancomunidades, u otras entidades que agrupen varios municipios, siempre que los municipios
en los que se plantee la actuación o proyecto dispongan de un programa de gestión ética de colonias felinas aprobado por la entidad local correspondiente.

Plazo de presentación: hasta el 10/06/2026.

Intensidad de la ayuda.

El importe de la financiación para cada proyecto no podrá ser superior al 5 por ciento del crédito presupuestario disponible, salvo que, distribuida dicha cantidad entre todos los proyectos presentados conforme a los criterios establecidos en el apartado anterior, hubiese un remanente, en cuyo caso se distribuirá de manera proporcional a la puntuación obtenida por cada proyecto.  En cualquier caso, el importe de la financiación no podrá superar el coste de la actuación.

La cuantía máxima de la convocatoria es 1.950.000,00 euros que se distribuirá en los siguientes tramos:
a) Tramo 1: 850.000,00 € para proyectos presentados por entidades locales o agrupaciones lideradas por entidades locales con una población igual o inferior a 10.000 habitantes.
b) Tramo 2: 850.000,00 € para proyectos presentados por entidades o agrupaciones lideradas por entidades locales con una población superior a 10.000 habitantes e inferior o igual a 50.000 habitantes.
c) Tramo 3: 250.000,00 € para proyectos presentados por entidades locales o agrupaciones lideradas por entidades locales con una población superior a 50.000 habitantes.

En el supuesto de que, una vez asignadas las cuantías a los proyectos dentro de cada tramo, exista remanente en alguno de ellos, el mismo podrá distribuirse entre los restantes hasta agotar el crédito presupuestario existente. La concesión de estas subvenciones queda condicionada a la vigencia y suficiencia del citado crédito presupuestario.

Se podrán subvencionar proyectos con una cuantía mínima solicitada de 10.000,00
euros y máxima de 80.000,00 euros.

El importe de la financiación a conceder según estas bases reguladoras será de un mínimo del 60 por ciento y un máximo del 100 por ciento sobre el presupuesto del
proyecto que haya sido considerado financiable, conforme al siguiente orden de prelación:
a)?Proyectos dirigidos a la implantación del método CER: 100 por ciento.
b)?Proyectos dirigidos al tratamiento veterinario de los individuos de las colonias felinas: 80 por ciento.
c)?Proyectos dirigidos al acondicionamiento de las colonias felinas existentes en el municipio: 60 por ciento.
d)?Proyectos dirigidos a la sensibilización de la población respecto de las colonias felinas: 60 por ciento.

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