El Real Decreto 424/2107, de 28 de abril, por el que se regula el Régimen Jurídico del Control Interno en las Entidades del Sector Público Local, prevé, en el artículo 13, la posibilidad de que el control sea ejercido en régimen de fiscalización e intervención limitada previa de requisitos básicos. Este régimen de control conlleva que a las entidades locales les sean de aplicación las disposiciones que se aplican a la Administración del Estado en materia de control, y en concreto, el Acuerdo del Consejo de Ministros vigente en cada momento que recoge aquellos requisitos básicos de obligada comprobación en el ejercicio de una fiscalización e intervención limitada previa, en todo aquello que resulte aplicable.
La previsión del citado artículo 13 del Reglamento, ha implicado, por un lado, una necesaria adaptación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de mayo de 2008, modificado el 1 de julio de 2011, vigente en la actualidad para la materia de personal y de subvenciones. Por otro lado, y debido al reciente Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de julio de 2018, publicado en el BOE del 2 de agosto de 2018, ha comportado también la adaptación del citado acuerdo en toda la materia de contratación y encargo de medios propios a la reciente Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Como consecuencia de esta tarea, llevada a cabo desde la Intervención de la Diputación Provincial de Huesca, la cual ya venía aplicando lo dispuesto en dichos Acuerdos, a través de su adaptación en las Bases de Ejecución del Presupuesto y sus modelos de informes, y aprovechando esta experiencia, se pretende compartirla con todas las Entidades Locales, para lo cual se ha elaborado la Guía básica de fiscalización y control que se presenta, la cual recoge la adaptación al ámbito local de los extremos adicionales previstos para el Estado en los Acuerdos del Consejo de Ministros actualmente vigentes, estableciendo una metodología de trabajo y una homogeneización de modelos, con el objetivo de clarificar el ejercicio del control en las entidades locales. Esperamos que sea de utilidad.
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