Objeto:
El objeto de esta convocatoria es la regulación del procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a los municipios de menos de 3.000 habitantes y a las entidades locales menores pertenecientes a los mismos, para financiar la adquisición e instalación de sistemas de videocámaras en diferentes zonas del municipio.
Beneficiarios:
Los municipios de la provincia de Huesca de menos de 3.000 habitantes y las entidades locales menores pertenecientes a los mismos, que cumplan los requisitos exigidos en la presente convocatoria y no estén incursos en alguna de las causas establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Plazo de solicitud: desde el 18 de junio hasta el 15 de julio de 2025 (ambos incluidos).
Documentación:
- Anexo S1. Solicitud de subvenciones.
- Anexo S2. Presupuesto detallado de las actuaciones, que contemple los gastos previstos por conceptos y su relación con la instalación.
- Anexo S3. Memoria explicativa del proyecto de las instalaciones de las cámaras de videovigilancia, que deberá contener como mínimo:
- Detalle de cada una de las actuaciones para las que se solicita ayuda, indicando su coste desglosado.
- Indicación del municipio o entidad donde se realiza la instalación y la ubicación de las cámaras.
- Plano de las diferentes zonas donde se ubican los sistemas de videovigilancia.
En el apartado “Finalidad de la subvención” de la Memoria, se deberá hacer constar si la entidad solicitante dispone en su término de algún sistema de videovigilancia instalado y puesto en funcionamiento.
- Anexo S4. Certificación emitida por el Secretario-Interventor/Interventor de la entidad, con el V.º B.º de su Alcalde/Presidente, que acredite estar al día de sus obligaciones con la Cámara de Cuentas de Aragón y del cumplimiento del resto de los requisitos contenidos en el art. 9.c) TRLSA.
- Certificados de la Delegación de Hacienda y de la Tesorería General de la Seguridad Social, acreditativos de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a al Seguridad Social, excepto que obre ya en poder de la Diputación, esté vigente y así se indique en la solicitud. Dicho certificado podrá sustituirse por una autorización expresa, a través del formulario de solicitud (Modelo S1), para que la Diputación Provincial pueda obtenerlo a través de medios telemáticos.
- Acreditación de haber iniciado el procedimiento de autorización para la instalación y uso del sistema de videovigilancia para el que se pide la subvención o, en su caso, aportar resolución favorable del órgano competente.
Anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia, número 111, de 17 de junio de 2025.
Tramitación electrónica a través del Registro Electrónico de la Diputación de Huesca >>