Objeto:
El objeto de esta convocatoria es la regulación del procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a los municipios de menos de 3.000 habitantes y a las entidades locales menores pertenecientes a los mismos, para financiar la adquisición e instalación de sistemas de videocámaras en diferentes zonas del municipio.
Beneficiarios:
Los municipios de la provincia de Huesca de menos de 3.000 habitantes y las entidades locales menores pertenecientes a los mismos, que cumplan los requisitos exigidos en la presente convocatoria y no estén incursos en alguna de las causas establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
La entidad solicitante deberá haber iniciado el procedimiento de autorización para la instalación y uso del sistema de videovigilancia para el que se solicita la subvención o, en su caso, aportar resolución favorable del órgano competente.
Plazo de solicitud: desde el 24 de marzo hasta el 22 de abril de 2026 (ambos incluidos).
Documentación:
- Anexo S1. Solicitud de subvenciones.
- Anexo S2. Presupuesto detallado de las actuaciones, que contemple los gastos previstos por conceptos y su relación con la instalación.
- Anexo S3. Memoria explicativa del proyecto de las instalaciones de las cámaras de videovigilancia, que se ampliará adjuntando, en documento separado, el proyecto de la actividad, firmada electrónicamente por el técnico competente, el cual deberá contener como mínimo:
- Descripción pormenorizada y diferenciada de la actuación o actuaciones para las que se solicita la ayuda, indicando su coste desglosado.
- Indicación del municipio o entidad donde se realiza la instalación y la ubicación de las cámaras.
- Plano de las diferentes zonas donde se ubican los sistemas de videovigilancia.
- Anexo S4. Certificación emitida por el Secretario-Interventor/Interventor de la entidad, con el V.º B.º de su Alcalde, que acredite estar al día de sus obligaciones con la Cámara de Cuentas de Aragón y del cumplimiento del resto de los requisitos contenidos en el art. 9.c) TRLSA.
- Certificados de la Delegación de Hacienda y de la Tesorería General de la Seguridad Social, acreditativos de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a al Seguridad Social, excepto que obre ya en poder de la Diputación, esté vigente y así se indique en la solicitud. Dicho certificado podrá sustituirse por una autorización expresa, a través del formulario de solicitud (Modelo S1), para que la Diputación Provincial pueda obtenerlo a través de medios telemáticos.
- Anexo S6. Certificación emitida por el Secretario-Interventor/Interventor de la entidad, con el V.º B.º de su Alcalde, en el que se haga constar si dispone o no de algún sistema de videovigilancia instalado y operativo en el ámbito territorial para el que se solicita la subvención.
- Documento acreditativo del inicio del procedimiento de autorización de la instalación y utilización del sistema de videovigilancia incluyendo todas sus videocámaras, que consistirá en la aportación de la solicitud dirigida al Delegado del Gobierno de Aragón, conforme al artículo 3 del Reglamento de desarrollo y ejecución de la Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos. En caso de haberse resulto favorablemente dicho procedimiento con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá aportarse la resolución por la que se autoriza la instalación y uso.
NOTA ACLARATORIA: Por Decreto de Presidencia n.º 1019, de 16 de marzo de 2026, se han aprobado los nuevos formularios de solicitud y justificación de subvenciones, que son equivalentes a los modelos anteriores según el siguiente detalle:
SOLICITUD
- El formulario S1 de Solicitud sustituye a los anteriores S1, S2 y S3.
- El formulario S2 Certificado de cumplimiento obligaciones de la Entidades Locales sustituye al anterior S4.
- El formulario S4 sustituye al anterior A1 de Aceptación de la subvención.
JUSTIFICACIÓN
- El formulario J1 de Justificación de la subvención: memoria de actuación sustituye a los anteriores J1 y J2.
- El formulario J2 de Justificación de la subvención: memoria económica sustituye a los anteriores J3, J4 y J5.
No obstante, los modelos anteriores, podrán ser utilizados en las convocatorias que se encuentran en trámite de manera indistinta con los ahora aprobados.
Anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia, número 55, de 23 de marzo de 2026.
Tramitación electrónica a través del Registro Electrónico de la Diputación de Huesca >>